EL "PLAN MACRI" PARA LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA (PARTE 2)

Al día siguiente que publiqué el informe del "Plan Macri" para la administración pública surge un nuevo avance que resulta relevante de destacar.



Esta noticia es de suma importancia ya que por la Decisión 12/17 del Jefe de Gabinete y en el marco de rever los contratos de locación de servicios del personal que "no forma parte de la planta permanente" del Estado, se ha decidido que las Jurisdicciones y Entidades del PODER EJECUTIVO NACIONAL no podrán incrementar sus plantas de personal contratado que superen las cantidades existentes al 31 de diciembre de 2016, para lo cual las citadas jurisdicciones y entidades deberán informar su nómina de contratos al MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN.

Se prohíbe contrataciones encuadradas en el Artículo 9° del Anexo de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164 o cualquier otra modalidad contractual prevista en la Ley de Contrato de Trabajo o estatutos especiales, que superen la cantidad existente al 31 de diciembre de 2016. 

Esta medida fue pensada en el marco de reorganización y eficientización del Estado. No se pueden contratar más personas hasta que sean reorganizadas las áreas y se analice si son necesarios o no su continuidad al vencimiento de los referidos contratos.

Ya analizaremos con el correr del tiempo, el impacto de esta medida.

Saludos y hasta la próxima.


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